La mañana del presente martes se llevó a cabo ante la Cámara en lo Penal local la audiencia de impugnación por denegatoria de probation en la causa Emergencia Climática I en Comodoro.
Las defensas solicitaron se revoque la decisión de la jueza y se remita la causa a la Oficina Judicial para que un nuevo juez trate las suspensiones de juicio a prueba. En contraposición el fiscal reiteró su oposición al otorgamiento de las suspensiones de juicio a prueba, basando su posición en razones de Política Criminal que impide el otorgamiento de las probation en casos de corrupción. Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo miércoles 17 de agosto del corriente, a las 12.00 hs., dará a conocer la parte resolutiva del mismo.
El tribunal de Cámara fue presidido por Daniel Pintos, e integrado por Guillermo Müller y Martín Montenovo, jueces penales de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Héctor Iturrioz, fiscal general; la defensa de Astiz fue ejercida por Fabián Gabalachis, defensor particular; la de Monasterolo por Guillermo Iglesias; y la de Lara, Sartori, Mansilla, Van Herden y Herk por María de los Ángeles Garro, defensora pública.
En un primer momento el defensor de Monasterolo se refirió al estado de la causa en audiencia preliminar, donde solicita la suspensión de juicio a prueba y realiza una oferta material como reparación, la cual luego es mejorada, de la cual “el fiscal estaba de acuerdo”. Pero luego de la declaración de Palomeque, cambia su parecer y se opone al otorgamiento de la probation. “El fiscal no puede hacer eso, es arbitrario e irrazonable” expresó el defensor. Solicitando se revoque la decisión de la jueza Suárez denegando la probation y se remita la causa a la Oficina Judicial para que se continúe con las suspensiones. Y como segundo planteo se declare la nulidad de la segunda decisión del fiscal de oponerse a la probation.
Seguidamente el defensor de Astiz argumentó que la resolución de la jueza fue desprolija basada en la opinión de la fiscalía de no conceder la probation por Política Criminal. No es una resolución seria, continuó. Su asistido fue acusado de seis hechos de estafa en la modalidad de delito continuado, plantea la suspensión de juicio a prueba, se realizan la propuesta y el Ministerio público Fiscal respondió en forma favorable. Solicitando por ello se revoque la decisión de la jueza y se designe nuevo juez para tratar las suspensiones.
En tercer lugar, se escuchó la defensora de Lara, Sartori, Mansilla, Van Herden y Herk quién solicitó se la conceda la suspensión de juicio a prueba a cada uno de sus defendidos realizando el correspondiente ofrecimiento reparatorio. En el caso de Herk y Van Herden al momento de los hechos no pertenecían al Municipio; en cambio sí lo eran Lara, Sartori y Mansilla. “Es viable la suspensión de juicio a prueba para todos sus asistidos ya que no es un delito especial”, agregó la defensora. Argumentando “falta de fundamentación de la jueza en su dictamen, ya que no analizó caso por caso y que el único fundamento fue la oposición del fiscal”. Calificando finalmente el mismo como “arbitrario y contradictorio”.
Por último, se expresó el fiscal acotando que el dictamen de la jueza fue desprolijo, pero que hubo diferencias relevantes en la oferta económica de Monasterolo, la que calificó de suficiente, en cambio la de Astiz, no lo es. También recordó que en el principio de la audiencia preliminar los defensores plantearon el sobreseimiento de sus pupilos, y los mismos fueron rechazados. Luego plantearon la probation. Recordando que existe un Instructivo del Procurador General, Miquelarena, donde ordena a los fiscales oponerse al otorgamiento de probation en una causa de corrupción como esta. Iturrioz también mencionó la declaración, no jurada, de Palomeque donde su defensora le recomendó que no declare y se auto-incriminó; como también que “la Municipalidad se desentendió, no está interesada en la causa”. Palomeque refirió que Boyero lo pasa a buscar para una reunión con empresarios por retoques de precios. Sobre la carterización de la obra de remediación que solo se debía hacer con empresarios locales. El fundamento para oponerse al otorgamiento de las suspensiones de juicio a prueba es el dictamen fiscal fundando en razones de Política Criminal.