Se trata del caso Manuel Benítez, quien murió en abril de este año, cuando se dirigía al refugio Frey, en el Cerro Catedral.
El caso por la muerte del puestero Manuel Benítez, quien quedó atrapado en medio de una terrible tormenta de nieve en abril de este año cuando se dirigía al refugio Frey, avanza en la Justicia. Es que este martes se llevó a cabo una audiencia de formulación de cargos, en donde se le atribuyó formalmente la acusación de homicidio culposo a uno de los concesionarios de uno de los refugios de montaña ubicados en el cerro Catedral de Bariloche, quien había contratado al joven, y lo envió hasta ese lugar conociendo el anuncio de una tormenta de nieve, y sin el equipamiento necesario.
El hecho por el que se está culpando a esta persona ocurrió luego que el pasado 26 de abril, Benítez iniciará su relación laboral con uno de los refugios, como así también su trayecto al mismo. En este sentido, dos días después, el joven fue encontrado sin vida.
En este sentido, el concesionario, según la acusación, estaba al tanto de alertas de fuertes nevadas tanto en la zona del refugio como en la ciudad, y de todas formas, envió a la víctima a llevar adelante ese recorrido, quien no tenía ningún tipo de experiencia en el tema, sin supervisión y sin acompañante con conocimiento.
Para empeorar su panorama, el fiscal agregó que el hombre tiene vasta experiencia en actividad de alta montaña ya que cursó y aprobó el ciclo de Guia de Trekking en el Instituto Superior Argentino de Guías de Montaña (ISAGM) y cursó la carrera de Guías de Montaña; sumado a los muchos años de su vida dedicados a efectuar tareas de esa zona.
Como si fuera poco, tampoco le dio a Benítez ningún tipo de elemento de seguridad. Es que cumpliendo órdenes de su empleador, el joven partió en dirección al Refugio Frey, vestido con ropa que no era acorde al momento y lugar: jeans, botas no impermeables y un rompevientos.
«El concesionario violó su deber objetivo de cuidado al no tomar ningún recaudo para que Benítez partiera con las medidas de seguridad mínimas, a pesar de su obligación en su carácter de empleador, y tampoco dispuso protocolos de trabajo con horarios de ida al refugio, itinerario o recorrido estipulado. Tareas que resultaban una obligación para él, dada su condición de empleador por haber contratado a Benítez para una tarea de alto riesgo; por estar a cargo de la supervisión de sus tareas y de tomar todos los recaudos que hubieran evitado el desenlace fatal”, relató el funcionario judicial.
En tanto, el fiscal presentó una amplia serie de pruebas en el caso: el acta de procedimiento de Gendarmería Nacional (donde se describen las tareas realizadas en el marco de la búsqueda y el posterior hallazgo del cuerpo; que luego fue trasladado en helicóptero en coordinación con personal de Parques Nacionales); entrevistas a guías de montaña, entre ellos, a la guía que encontró a Benítez sondeando; socorristas; integrantes de la Asociación de Guías en Montaña y Comisión de Auxilio del Club Andino; médicos y paramédicos.
En tanto, aún resta el informe del peritaje sobre el celular del imputado.
La querella adhirió a lo expresado por la fiscalía y refiriéndose a la calificación específicamente; el abogado hizo reserva de solicitar una reformulación de cargos. Agregó que el imputado omitió generar la búsqueda de Benítez en tiempo oportuno, que no se adhiere a la fecha de Alta laboral expresada en la audiencia y que sumará otro testimonio de relevancia para su teoría del caso.
El imputado asistido por un abogado particular no brindó declaración en este momento procesal.
El juez de garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y otorgó hasta el 1 de abril el plazo para llevar adelante la investigación preliminar.