En la audiencia de revisión, el juez penal Ariel Tedesco mantuvo la prisión preventiva de Néstor Leonori, Leonardo Martearena y Martín Ojeda hasta el 20 de agosto.
La fiscal Andrea Rubio solicitó se mantenga la prisión preventiva que cumplen los tres imputados por dos meses; en tanto que el defensor particular Mauro Fonteñez, presentó informes sociales y solicitó el arresto domiciliario de sus asistidos. Finalmente, el juez penal Ariel Tedesco resolvió mantener la prisión preventiva de los tres imputados hasta el próximo 20 de agosto.
La fiscal Rubio en un primer momento se refirió a que en la fecha vence la prisión preventiva que le fuera dictada a los 3 imputados y que existen elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del delito de “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometido mediando violencia e intimidación, en concurso real con amenazas agravadas por haber sido cometidas con arma, en concurso real con robo triplemente agravado por ser cometido en poblado y en banda; con la utilización de arma impropia y con el empleo de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no podrá ser acreditada” en calidad de “coautores” para Leonori, Martearena y Ojeda. También existen los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Por lo cual solicitó se mantenga la prisión preventiva sobre los tres imputados por dos meses. En cuanto a los informes sociales presentados para su arresto domiciliario no fueron positivos, es decir no están dados los recaudos necesarios, concluyó la fiscal.
En contraposición el defensor particular, hizo reserva de cuestionar la calificación legal provisoria del caso, ya que a su entender “no existe privación ilegítima de la libertad, la víctima se sube voluntariamente al auto y regresa”. Además, “los peligros procesales han menguado, en cuanto al entorpecimiento solamente restan pericias técnicas y su libertad en nada podría entorpecerlas”. Sus asistidos poseen “arraigo y acompañamiento familiar”, por lo tanto, “no existe peligro de fuga” argumentó el defensor. Solicitando medida combinadas para salvaguardar el proceso, como el arresto domiciliario de sus defendidos, con prohibición de comunicarse con la víctima y una caución económica.
Finalmente, el juez penal resolvió prorrogar la prisión preventiva de los tres imputados hasta el próximo 20 de agosto ya que no hay una propuesta seria por parte del defensor, sin tutor ni tobillera para su arresto domiciliario, con informes sociales negativos. Además, se encuentran vigentes los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación
El ilícito investigado:
El hecho investigado acontece el pasado 06 de junio del año 2024, siendo aproximadamente las 23:36 horas, Darío Néstor Leonori, se hizo presente en el domicilio situado en bombero González al 1000, del B° Km.8, a bordo del rodado marca Ford, modelo Fiesta Kinetic. En tales circunstancias, realiza un llamado telefónico a la víctima, solicitándole que le prestara una balanza y que se encontraba afuera de la vivienda, en este sentido el damnificado se acercó hasta el rodado, indicándole el incuso que subiera, que quería mostrarle unas cosas de su vivienda, accediendo la víctima, dirigiéndose hacia la vivienda del sindicado sito en calle Rubén Darío al 200, atrás del CPB del B° Restinga Alí. Una vez en el interior del mismo se encontraban presentes Martin Ojeda, Nahuel Martearena y otra persona aun no identificada, en tal ocasión Leonori, empujo por la espalda a la víctima, tirándolo contra un sillón de la vivienda, mientras que le vociferaba “vos hijo de puta me robaste”, al tiempo que los demás involucrados comenzaron a golpearlo con golpes de puño y puntapiés. Seguidamente Leonori mediante la utilización de un cable de carga USB, procede a atar ambas manos de la víctima, refiriendo “vos me robaste mi plantación de marihuana”. Acto seguido Martearena, tomo un rifle de un solo cañón, color plateado, colocándolo en la boca de la víctima, mientras que los restantes referían “decí que fuiste vos dale, si no fuiste vos seguro fue tu hijo”.
Así las cosas y ya transcurridas dos horas aproximadamente, Leonori, Martearena, Ojeda, el cuarto sujeto no identificado y la victima atada, se dirigieron hasta el domicilio de la misma, hicieron que el damnificado llamara a su pareja, indicándole que dijera que habría tenido un problema, siendo así que la pareja egresa del domicilio, sindicándole Leonori que subiera al auto y manifestándole “quédense tranquilos porque si no le pegamos un tiro”. Seguidamente, Martearena, Ojeda y el cuarto sujeto no identificado, bajaron del vehículo, ingresando al interior del domicilio. Una vez dentro, Martearena valiéndose de un cuchillo, lo coloca en la boca del menor, manifestando que se quedaran tranquilos que los iban a robar. Pasando alrededor de cinco minutos, egresan de la vivienda con (08) plantas de marihuana y (03) paneles de luz led, colocándolos en el interior del baúl, haciendo descender a las victimas mientras que les vociferaba “no denuncien nada porque si no les vamos a matar un pibe y van a tener que buscar el cuerpo al faro”. Calificando provisoriamente el mismo como “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometido mediando violencia e intimidación, en concurso real con amenazas agravadas por haber sido cometidas con arma, en concurso real con robo triplemente agravado por ser cometido en poblado y en banda; con la utilización de arma impropia y con el empleo de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no podrá ser acreditada” en calidad de “coautores” para Leonori, Martearena y Ojeda.