La jueza Servini rechazó el amparo para que candidatos presidenciales se hagan un psicofísico

La magistrada federal con competencia electoral rechazó por «improcedente» la medida que una ciudadana de Mar Chiquita había solicitado ante la Justicia Civil de Mar del Plata.

La jueza federal María Servini rechazó el amparo presentado por una ciudadana ante la Justicia Civil, para que todos los candidatos presidenciales se realicen exámenes psicofísicos para demostrar que están en condiciones de ejercer el cargo.

La magistrada con competencia electoral lo consideró «improcedente» al considerar que “se encuentra fuera del alcance de este Tribunal la imposición de requisitos, normas, evaluaciones y/o procedimientos no previstos en la Constitución Nacional”.

Luego de escuchar la opinión del fiscal Ramiro González, Servini señaló que el Poder Judicial “no puede establecer, imponer y/o exigir nuevos requisitos a los postulantes al cargo de Presidente de la Nación, más allá de los establecidos –oportunamente– por el órgano constitucionalmente competente para ello, esto es, Poder Legislativo”.

“Se encuentra fuera del alcance de este Tribunal la imposición de requisitos, normas, evaluaciones y/o procedimientos no previstos en la Constitución Nacional y en la legislación electoral vigente mediante los cuales quienes se postulan al cargo de Presidente de la Nación deban perseguir y cumplir a efectos de materializar ese objetivo”, consideró la magistrada en su resolución.

Los argumentos del amparo colectivo

La causa fue iniciada por María Valeria Viglianchino, vecina de Mar Chiquita, quien presentó un amparo colectivo ante el Juzgado Civil y Comercial de Mar del Plata, reclamando la obligatoriedad para los cinco candidatos a presidente de la Nación, de someterse a un examen físico y mental que determinen su idoneidad para el cargo pretendido.

Argumentaba que en caso que ello no ocurra, sería una “una conducta ilegal y arbitraria” debido que el artículo 16 de la Constitución Nacional establece que todos los ciudadanos “son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad” y que los empleados públicos tienen que hacerse ese tipo de estudios, por lo que no puede ser menos para quien aspira a ocupar el cargo más relevante del país.

“La idoneidad requerida por la Constitución no solo se limita a la aptitud técnica, sino que tiene un significado más general, pues comprende la aptitud física, psíquica, legal y político moral”, consideraba Viglianchino en su presentación.

Proyecto de reforma al Código Nacional Electoral

En el mismo orden, vale recordar que el jueves fue presentado en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley que busca convertir en obligatorio que todos los ciudadanos que busquen ser electos presidente y vicepresidente realicen un examen psicofísico.

El proyecto de ley incorpora el artículo 14 bis al Código Nacional Electoral, señalando que “todos aquellos que se postulen a cargos electivos como presidente y vicepresidente, deberán haber aprobado un examen oficial de actitudes psicofísicas previos a asumir sus respectivos cargos”.

Además, advierte que «en la actualidad los únicos requisitos existentes para ocupar los mismos surgen de nuestra Carta Magna y no se exige ninguno con respecto a las condiciones físicas ni psicológicas de los candidatos», mientras que la Ley 24.557 “exige estos requisitos para cualquier trabajador» y señala que «sería excesivamente razonable exigir los mismos para quienes tienen nada más ni nada menos que la conducción del destino y el futuro de un país entero».