Hoy se realizó el veredicto de impugnación por el homicidio de Cesar Bataglia en la zona del faro San Jorge.
Luego que la semana pasada se realizara la audiencia de impugnación promovida por la defensa de José Díaz, en la mañana de hoy martes los jueces de Cámara por unanimidad hicieron lugar parcialmente a la impugnación, confirmando parcialmente la sentencia de primera instancia y readecuando la pena a 9 años y seis meses de prisión para Díaz como “autor” del “homicidio simple” de César Bataglia.
La impugnación se realizó ante los jueces de Cámara: Mónica García, Martin Montenovo y Daniel Pintos; el Ministerio Público fiscal fue representado por Cristian Olazabal, fiscal general; en tanto que la defensa de Díaz fue ejercida por Alicia Águila Mansilla, defensora particular del mismo y Francisco Miguel Romero.
La semana pasada en la audiencia de impugnación la defensa solicitó se modifique la calificación legal de “homicidio simple” a “legítima defensa” o “legítima defensa putativa” y subsidiariamente se disminuya la pena impuesta de 12 a 8 años de prisión para Díaz. En contraposición el fiscal solicitó se confirme en todos sus términos la sentencia a 12 años de prisión en contra de Díaz, como “autor” del “homicidio simple” de César Bataglia.
Los jueces de Cámara en su resolución hicieron lugar parcialmente a la impugnación ordinaria de la defensa en contra de la sentencia de primer grado, confirmando parcialmente la misma en cuanto a la calificación de “homicidio simple” y readecuándola en cuanto a la pena de 12 a 9 años y seis meses de prisión.
En cuanto al agravio de la defensa cuestionando la calificación legal y promoviendo la de homicidio en legítima defensa o legítima defensa putativa, esto no prospera ya que la situación de una agresión ilegítima no se condice con la prueba producida en el juicio y evaluada por los jueces de cargo. Fue Díaz quién inició la discusión y pretender colocarlo como legítima defensa o legítima defensa putativa no luce razonable con la escena, Díaz exhibe un arma blanca y se presenta en la casa de Bataglia, concluyeron los jueces de Cámara.
En cuanto a la pena los jueces de Cámara entendieron que era necesaria su readecuación ya que la misma, 12 años de prisión, es desproporcionada, considerando también para esto la ausencia de antecedente penales de Díaz, imponiendo la de 9 años y seis meses de prisión.