El mediodía del presente miércoles los jueces de la Cámara en lo Penal local dieron a conocer la parte dispositiva de la sentencia donde “por unanimidad resolvieron no hacer lugar a las impugnaciones de las 11 defensas en contra de la resolución de la jueza Martini, que rechazó las peticiones de suspensión de juicio a prueba, y confirmar la misma en todos sus términos”. Asimismo, tuvieron presentes las reservas del caso federal de las defensas.
En los fundamentos de su resolución los jueces de Cámara el alcance de la anterior intervención de la Cámara es total y no parcial. La directiva fue clara, anulación total. La jueza Martini lo ha entendido de ese modo donde explícitamente sostuvo que declarado nulo todo lo anterior y remitir de vuelta la causa para que otro juez reedite las cuestiones planteadas es que hoy nos encontramos abocados a dicho cometido, por ello consideró que no corresponde recurrir a las anteriores posturas fiscal.
“En conclusión, han de evaluarse a los fines de resolver los recursos ordinarios, exclusivamente la resolución de la jueza penal y también por su vinculación el dictamen fiscal negativo en la audiencia preliminar. Si bien la jueza se apoya en el referido dictamen fiscal negativo, en verdad aquella opinión fiscal vuelve a incurrir en generalidades y no logra enfocarse a las particularidades del caso concreto”, sostuvieron los jueces de Cámara.
Por su parte “la Magistrada añade motivación propia del respeto del principio de legalidad, siendo allí donde aparece más sólida la fundamentación de la denegatoria logrando resistir los embates de las impugnaciones ordinarias, porque no consiste en una remisión lisa y llana al dictamen”.
Los jueces de Cámara ante quienes se realizó la audiencia fueron Daniel Pintos; Martín Montenovo y Carina Estefanía (desde Esquel por videoconferencia); el Ministerio Público Fiscal fue representado por Héctor Iturrioz, fiscal general. La defensa de Mansilla, Sartori, Van Heerden, Herk y Lara la ejerció María de los Ángeles Garro, defensora pública; la de Lobos Rozas y Morales por Juan Bill, abogado de la defensa pública; la de Monasterolo por Guillermo Iglesias; y la de Astiz por Fabián Gabalachis; la Dra. Quintana por los hermanos Pérez, abogados particulares de los mismos.