Se trata del hecho ocurrido en la tarde del sábado 26 de octubre en barrio San Cayetano y en el cual está imputado Juan Carlos Peralta por el homicidio de Gastón Exequiel Acosta de 25 años.
En la mañana del lunes 28 de octubre se concretó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación.
El fiscal Juan Carlos Caperochipi solicitó se declare legal su detención, se le formalice el hecho bajo la calificación provisoria de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y se dicte su prisión preventiva. Por su parte la defensora Vanesa Vera, no objetó la legalidad de la detención ni la calificación legal y tampoco se opuso, por ahora al dictado de la prisión preventiva.
El fiscal realizó un relato sucinto del hecho a investigar acontecido el 26 de octubre de 2024, siendo las 18:40 hs. aproximadamente cuando Juan Carlos Peralta se encontraba compartiendo bebidas alcohólicas junto a Gastón Exequiel Acosta y otra persona, en el domicilio del hijo de Peralta, sito en calle Antonio Garcés y Ricardo Balbín s/n, zona ilegal denominada “El Cerrito” de Barrio San Cayetano de Comodoro Rivadavia.
En tales circunstancias, probablemente luego de una discusión Acosta habría esgrimido un arma blanca tipo cuchillo que tenía en su poder, ante lo cual, Peralta le efectuó al menos un disparo el cual ingreso en la parte posterior de la cabeza, zona de la nuca, con orificio de salida a altura de la mandíbula derecha, provocando en su recorrido la sección de la medula, causándole la muerte instantáneamente.
Personal de la Seccional Sexta se hizo presente en el lugar tras el llamado del propio Peralta, quien les refirió “Yo maté a mi amigo, me defendí, él me quiso hincar y lo mate, vengan acá”.
Al arribar el personal policial, verificaron que Peralta se encontraba aun en el lugar, manifestando haberse defendido del ataque de la víctima y que el arma de fuego se la había llevado otro amigo. Calificando provisoriamente el mismo como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de “autor” para Peralta.
Seguidamente la defensora no objetó ni el relato del hecho, ni la calificación legal y solicitó se le tome declaración a su asistido.
Así Peralta realizó un relato de las circunstancias del hecho. A continuación, la defensora expresó luego de la declaración de su asistido que es posible que la calificación legal en el futuro mute a exceso en la legítima defensa. Recordando que fue él quien llama a personal policial y espera en el lugar del hecho.
Por su parte el fiscal Caperochipi solicitó se declare legal la detención de Peralta y asimismo enumeró la evidencia existente hasta el momento. Del informe de autopsia surge que el disparo ingresa por la nuca y sale por el maxilar y el imputado no presente lesiones de defensa.
Requiriendo la prisión preventiva del imputado por el término de 4 meses en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho, y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga por le extrema gravedad del hecho y la pena en espera en caso de recaer condena, de cumplimiento efectivo. Peligro de entorpecimiento ya que el arma de fuego no fue hallada ni identificada la tercera persona, testigo presencial del hecho. Por último, el fiscal pidió el plazo de ley para culminar con la investigación.
La defensora a continuación mencionó que ha encargado un Informe social para establecer un domicilio y pedir una morigeración de la prisión preventiva, pero por el momento no se opone al pedido de la fiscalía.
Finalmente, el juez penal Alejandro Soñis resolvió declarar legal la detención del imputado, formalizando el hecho relatado por el fiscal en su contra, por 6 meses, bajo la calificación de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y dando por asegurada su defensa técnica. Dictando la prisión preventiva del imputado Peralta, como lo solicitara el fiscal, en base a los elementos de convicción existentes y de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.