D. H. B. había sido declarado culpable por un jurado popular. La jueza Raquel Tassello le impuso 16 años de prisión y tratamiento psicológico. En una revisión posterior, dos jueces confirmaron la prisión preventiva por seis meses o hasta que la sentencia quede firme.
Luego de que un tribunal popular declarara culpable a D. H. B. por 11 hechos de abuso sexual agravado, la jueza técnica Raquel Tassello dio a conocer el pasado jueves la pena correspondiente y lo condenó a 16 años de prisión, además de disponer la realización de tratamiento psicológico.
Durante la audiencia de cesura de pena, la fiscal general María Laura Blanco solicitó una condena de 20 años de prisión, al considerar como circunstancias agravantes la cantidad de hechos, su extensión en el tiempo, la violencia de género ejercida y, principalmente, las consecuencias provocadas en la víctima, quien quedó embarazada producto de los abusos.
La acusación encuadró los hechos como abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años y aprovechando una situación de convivencia preexistente, en 11 hechos en concurso real y en calidad de autor.
La defensa, en tanto, cuestionó los agravantes planteados por la Fiscalía y pidió que fueran considerados como atenuantes la falta de antecedentes penales de su asistido y otras circunstancias vinculadas a su situación familiar. Por ello, solicitó que se aplicara el mínimo legal, establecido en 8 años de prisión.
La jueza impuso 16 años
Al fundamentar la pena, Tassello consideró como agravantes la naturaleza de las acciones y la violencia de género ejercida contra la víctima, y sostuvo que su valoración no implicaba una doble ponderación.
La magistrada remarcó además el impacto que los hechos tuvieron sobre la víctima y señaló que “no hay dudas que las conductas del autor impactaron en la víctima dejando huella en su psiquis”.
En cambio, consideró que no correspondía valorar como agravante la naturalización de hechos por los cuales el acusado había sido absuelto por el jurado popular. Como circunstancia atenuante, tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales de D. H. B.
De esta manera, la jueza técnica estableció una pena de 16 años de prisión, junto con tratamiento psicológico.
Prisión preventiva hasta que quede firme
Tras conocerse la condena, la Fiscalía volvió a solicitar la prisión preventiva del condenado hasta que la sentencia quede firme. Fundamentó el pedido en la declaración de culpabilidad, la gravedad de los delitos y la existencia de peligro de fuga.
La defensa se opuso y sostuvo que continuaba vigente el principio de inocencia mientras la sentencia no estuviera firme. También argumentó que no existían nuevos motivos para modificar las medidas sustitutivas de la prisión preventiva que habían sido establecidas anteriormente.
Tassello consideró que la situación procesal había cambiado luego del veredicto, ya que ahora existía una condena de 16 años de prisión, circunstancia que configuraba un peligro de fuga suficiente para asegurar el cumplimiento de la ley penal.
Por ello, dispuso la prisión preventiva por seis meses o hasta que la sentencia quede firme, lo que ocurra primero.
La defensa pidió revisar la prisión preventiva
Este viernes, la defensa de D. H. B. solicitó la revisión de la medida de coerción ante jueces distintos de la magistrada que intervino como jueza técnica durante el debate.
Los defensores María de los Ángeles Garro y Gustavo Oyarzun pidieron que se revoque la prisión preventiva y que su asistido recupere la libertad bajo medidas sustitutivas.
La Fiscalía, representada por María Laura Blanco, solicitó que se confirme íntegramente la resolución de Tassello y que D. H. B. continúe detenido hasta que la sentencia adquiera firmeza.
La revisión terminó con un fallo dividido, por lo que fue necesaria la intervención de un tercer juez. Finalmente, por mayoría, los jueces Alicia Fernanda Revori y Cosmaro resolvieron mantener la prisión preventiva por seis meses o hasta que la sentencia quede firme. El juez Alejandro Soñis votó en disidencia.
Así, D. H. B. continuará privado de su libertad mientras avanza el proceso de revisión de la condena y hasta que se cumpla el plazo establecido o la sentencia quede firme, lo que ocurra primero
