El próximo 16 de mayo se conocerá el veredicto de pena
La mañana del presente jueves se concretó la audiencia de cesura de pena en el juicio en el que el imputado M.A.A. y como víctima a una menor. M.A.A. fue declarado penalmente responsable de “abuso sexual simple” al menos dos hechos, asimismo de “abuso sexual gravemente ultrajante” al menos dos hechos. La fiscal solicitó, teniendo en cuenta las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, la pena de 12 años de prisión. Por su parte la defensa solicitó la pena de 5 años de prisión. Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo martes 16 de mayo al mediodía dará a conocer su veredicto de pena.
El tribunal colegiado de debate fue presidido por Miguel Caviglia e integrado por Daniel Pintos (juez de Cámara) y Daniela Arcuri, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Verona Dagotto, fiscal general y la defensa del imputado fue ejercida por Gustavo Oyarzun, defensor público.
En un primer momento la fiscal solicitó la pena de 12 años de prisión considerando como circunstancia agravante del caso la naturaleza de la acción, que incluye la pluralidad de hechos, la gravedad y la cronicidad. También la extensión del daño causado, daño psicológico causado a la víctima y el daño al resto de su familia. Asimismo, por las circunstancias personales del autor, que era abuelastro, era pareja de la abuela materna de la víctima y por la relación asimétrica de poder. Como atenuante la falta de antecedentes penales del imputado, no su historia de vida.
Por su parte la defensa sostuvo en su alegato de pena que las circunstancias agravantes mencionadas por la fiscal estaban incluidas en el tipo penal gravemente ultrajante y que el único agravante para él era el vínculo entre víctima y victimario. Asegurando que eran más los atenuantes que los agravantes por la falta de antecedentes penales de su asistido y por su historia de vida, que era un buen padre que siempre había trabajado y que no pudo terminar la secundaria porque estuvo que empezar a trabajar de chico.
Respecto de la medida de coerción la fiscal solicitó presentaciones quincenales ante la autoridad judicial y prohibición de salir de la ciudad sin autorización judicial, ante la existencia del peligro de fuga.
En contraposición el defensor solicitó se rechace la medida sustitutiva requerida por la fiscal por no encontrarse configurado el peligro de fuga.