Homicidio del empresario: dictaron la prisión preventiva para Micaela Ortellado

La tarde de hoy jueves se concretó en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de control y formalización en el marco del encubrimiento agravado del homicidio de Juan Adolfo Laffeuillade, que tiene como imputada a Micaela Ortellado.

Los representantes de fiscalía requirieron se declare legal la detención de la imputada, se le formalice el hecho en base a la calificación legal provisoria de encubrimiento agravado por un delito precedente grave” y se dicte su prisión preventiva por dos meses; por su parte la defensa no cuestionó, por el momento la legalidad de la detención, planteó la figura de “encubrimiento simple” y la libertad de su asistida. Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Ortellado, a la vez que dio por formalizado el hecho en su contra en base a la calificación provisoria de “encubrimiento agravado”, por informada y por asegurada su defensa técnica. Dictando finalmente su prisión preventiva por el término de dos meses.

Presidió la audiencia Jorge Odorisio, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal, fiscal general; por Eve Ponce, procuradora de fiscalía y Belén De La Canal, funcionaria; la defensa de la imputada Ortellado fue ejercida por María de los Ángeles Garro, defensora pública y Luciana Rizzo, adjunta.

Los representantes de fiscalía solicitaron en un primer momento se declare legal la detención de Ortellado, relatando que luego del hecho, el pasado 21 de febrero, el vehículo sustraído luego del incendio y homicidio de Juan Adolfo Laffeuillade, Fiat Toro, es interceptado en el puesto Ramón Santos, conducido por una femenina, cuando se le solicita documentación y se le procede a tomar el test de alcoholemia se da a la fuga. Luego encaja el auto a dos kilómetros antes de llegar a Caleta Olivia. Se da aviso desde el puesto Ramón Santos a los efectivos de la Secional 4ta. de dicha localidad, quienes en un principio demoran y luego detienen a Ortellado en la estación de Servicio ubicada en la entrada de la ciudad santacruceña.

El hecho a investigar acontece el pasado 21 de febrero, siendo aproximadamente las 0:10 hs. cuando la víctima Laffeuillade se encontraba en el interior de su domicilio, sito en calle Juan B. Justo al 200, de esta ciudad. En dichas circunstancias se hicieron presentes dos personas, aún sin identificar, quienes saltaron el paredón e ingresaron a la misma munidos de un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm., para luego golpear a la víctima en su rostro, abdomen y cráneo con un elemento romo con intenciones de sustraer dinero en efectivo y oros elementos de valor. Ante la negativa y resistencia que ofreció la víctima, hallándose reducido en el pasillo y con el propósito de facilitar la sustracción lo ejecutaron de un disparo en la cabeza provocando su muerte.

Seguidamente tomaron el celular, la billetera y las llaves de la víctima y se dieron a la fuga en su vehículo un Fiat Toro, previo incendiar la vivienda para ocultar el hecho. Luego Micaela Ortellado ayudó a estas personas no identificadas a mantenerse ocultos de las autoridades. Calificando provisoriamente el mismo como “encubrimiento por favorecimiento real y personal agravado por un delito precedente grave” en calidad de autora para Ortellado. Enumerando la evidencia del caso hasta el momento y solicitando el plazo de 6 meses de investigación.

A continuación el fiscal solicitó se dicte la prisión preventiva por dos meses de la imputada n base a la existencia de elementos de convicción para tenerla como probable autora del hecho y de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga porque no tiene arraigo ni domicilio fijo, mencionando antecedentes penales y su comportamiento en procesos anteriores. También por la gravedad del hecho, encubre un delito gravísimo y por darse a la fuga. Recordando que en caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo. Peligro de entorpecimiento ya que ayudó a los autores a mantenerse ocultos, pero los conoce.

A continuación, las defensoras no cuestionaron, por ahora, la legalidad de la detención, pero “no encontraron ningún indicio en el hecho para calificar el mismo como encubrimiento agravado” postulando la calificación de “encubrimiento simple”. Negando la existencia de peligros procesales y oponiéndose a la prisión preventiva, requiriendo su libertad; y subsidiariamente que el plazo de investigación se ajuste al plazo de prisión preventiva solicitado por el fiscal.

Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Ortellado, a la vez que dio por formalizado el hecho en su contra en base a la calificación provisoria de “encubrimiento agravado”, por informada y por asegurada su defensa técnica. Dictando finalmente su prisión preventiva por el término de dos meses.