La AFIP implementará modificaciones en la percepción de Ganancias y Bienes Personales a través de la Resolución General 5617/2024.
Esta norma reemplaza la Resolución General 4815, consolidando un sistema que busca garantizar la “eficiencia” en la recaudación fiscal.
Principales puntos de la resolución: La Resolución 5617/2024 surge en el contexto del fin del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), cuya vigencia expira el 22 de diciembre de 2024.
A pesar de ello, la ARCA decidió mantener el régimen de percepción con modificaciones para ajustarlo a las necesidades actuales del sistema tributario.
¿Qué operaciones están alcanzadas?
1. Compra de moneda extranjera: Para atesoramiento o pago de importaciones de mercaderías específicas.
2. Pagos en el exterior: Realizados con tarjetas de crédito, débito u otros medios equivalentes.
3. Servicios contratados en el exterior: Incluye servicios adquiridos mediante agencias de viajes y turismo.
4. Servicios de transporte internacional: Aéreo, terrestre y acuático.
Operaciones excluidas
– Gastos en salud, medicamentos y educación.
– Adquisiciones para investigación estatal o universitaria.
– Transporte terrestre hacia países limítrofes.
Detalles sobre sujetos alcanzados y agentes de percepción
Sujetos alcanzados: Personas humanas y jurídicas residentes en Argentina que realicen las operaciones mencionadas.
Exclusiones:
Entidades diplomáticas y organismos internacionales, así como entidades estatales con exención vigente.
Agentes de percepción:
– Entidades financieras para operaciones de cambio. – Agencias de viajes para servicios contratados. – Empresas de transporte para operaciones internacionales.
Alícuotas y procedimiento de percepción
La percepción se calculará aplicando una alícuota del 30% sobre el monto total de cada operación alcanzada. Para transacciones en moneda extranjera, se utilizará el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina.
Las percepciones serán consideradas pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales, dependiendo de la situación fiscal del contribuyente.
Procedimiento de devolución
Para aquellos que no sean contribuyentes de los impuestos mencionados, se habilitará un procedimiento de devolución a través del portal de ARCA.
Entre los requisitos están:
– Tener CUIT y Clave Fiscal.
– Informar una cuenta bancaria para acreditar los montos.
– Contar con la documentación que justifique las percepciones sufridas. Mercaderías alcanzadas
– Automóviles y motocicletas de alta gama.
– Bebidas alcohólicas premium.
– Equipos como máquinas de minería de criptomonedas.
Servicios alcanzados
Incluye servicios financieros, de telecomunicaciones, informática, investigación, publicidad, entre otros.
Fuente: Diario Jornada